El impuesto de patrimonio lleva unos meses en el foco público, ya que se ha generado un debate en torno a él sobre si se debiera o no eliminar. De hecho, en algunas comunidades autónomas, como en Madrid o en Andalucía, este impuesto ya no está vigente. Y lo cierto es que España es de los pocos países de Europa que lo tiene aunque no todo el mundo sabe cómo funciona ni quién debe pagarlo.
A continuación, te explicamos con detalle qué es y cómo funciona el impuesto sobre el patrimonio.
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¿Qué es el impuesto sobre el patrimonio?
Según describe la propia Agencia Tributaria, este impuesto es el que grava el patrimonio neto de las personas físicas. En otras palabras, es un tributo que deben abonar todas aquellas personas por el conjunto de bienes que tienen en propiedad, deduciendo las cargas que disminuyan su valor, así como deudas y obligaciones personales del titular. En definitiva, es un impuesto directo, general y personal sobre el valor neto del patrimonio de una persona.
¿Qué bienes tiene en cuenta la declaración del patrimonio?
Para la declaración del patrimonio, se tienen en cuenta todos aquellos bienes que sean de propiedad de la persona física que abonará el impuesto. Esto incluye:
- Bienes inmuebles (es decir, aquellas posesiones que no se pueden transportar de un lugar a otro, sino que tienen una ubicación fija en el espacio. También llamados bienes raíces, pueden incluir terrenos, casas, edificios, fincas, garajes, cercas, estructuras, etc.).
- Bienes y/o derechos relativos a actividades profesionales y empresariales.
- Depósitos bancarios
- Acciones o participaciones en fondos propios de cualquier tipo de entidad
- Seguros de vida
- Rentas temporales o vitalicias
- Joyas y pieles
- Vehículos de más de 125 cc, aeronaves y embarcaciones
- Objetos de arte y/o antigüedades
- Derechos reales
- Concesiones administrativas
- Derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial
¿Cómo se calcula el Impuesto sobre el Patrimonio?
Este tributo se calcula sobre el valor del patrimonio bruto que se tenga al cierre de cada año fiscal. Es decir, su funcionamiento es similar a la declaración de la renta. Se declarará online mediante el modelo 714 y se presentará en las mismas fechas entre abril y junio anualmente.
Aunque, existen diferencias entre comunidades autónomas, en términos generales se calcula de la misma manera. En primer lugar, la persona deberá sumar todos los bienes y derechos que tenga en propiedad. A esa cantidad, le restará los 300.000 euros por vivienda habitual (que es la exención por el inmueble de residencia habitual). Además, también se deberá restar el importe de todas las deudas que tenga en ese momento. Y, por último, se volverá a restar el mínimo exento que dependerá del lugar de residencia (a nivel general son de 700.000 euros).
Al total liquidable que quede de las operaciones matemáticas anteriores, se le aplicará las bonificaciones o reducciones que correspondan según la comunidad autónoma en la que viva.
Eso sí, debes tener en cuenta que, si estás casado o casada en régimen de gananciales, todos los bienes deben ser divididos al 50%. Un ejemplo, un matrimonio dispone de una vivienda por valor de 400.000 euros en régimen de gananciales. El bien a declarar por cada uno de ellos, como personas físicas, será de 200.000. Por tanto, estaría exento, ya que no llega al mínimo de 300.000 euros.
¿A quién afecta el impuesto sobre el patrimonio?
No todas las personas físicas residentes en España tienen la obligatoriedad de presentar y tributar este impuesto. Se calcula que este impuesto afecta a poco más de 200.000 contribuyentes en nuestro país.
Así pues, están obligados a presentar esta declaración todos aquellos cuyo patrimonio bruto, es decir, sin tener en cuenta las deudas y el valor de la vivienda habitual, supere los 2 millones de euros. También quedan exentos, los negocios familiares y las participaciones en entidades que califiquen como empresas familiares.
¿Cómo funciona en las diferentes Comunidades Autónomas y en el extranjero?
El impuesto sobre el patrimonio nació en 1977 y el tributo se ha mantenido hasta el día de hoy con algunas interrupciones en su funcionamiento, como la que se dio entre los años 2008 y 2010.
Actualmente, la competencia sobre este impuesto la tienen las Comunidades Autónomas. Y son los gobiernos autonómicos los que deciden cuál es el mínimo exento, el tipo de gravamen y las deducciones y bonificaciones en la cuota. Es debido a esto que existen diferencias notables si vivimos en una comunidad u otra. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía, está en supresión total. En cambio, mientras que en Cataluña el mínimo exento son 500.000, en el País Vasco es de 800.000 y en Murcia se deduce al 100% las aportaciones a proyectos de excepcional interés público regional.
El impuesto sobre el patrimonio resulta polémico, ya que en 2014 un informe del comité de expertos para la reforma del sistema tributario español recomendaba su eliminación. Los especialistas argumentaban que debían evitarse duplicidades e ineficacias en su aplicación, y que al eliminarlo se hacían prevalecer los principios de proporcionalidad y no discriminación.
Gracias a este impuesto sobre el patrimonio, se recaudó menos de un 1% del total de la recaudación de la Hacienda Pública Española. España, junto a Noruega y Suiza, son los únicos países europeos que tienen en funcionamiento este tipo de tasa.